Limpiar filtros

EDITORIAL

Inicio / últimos artículos ingresados

mayo  17, 2024

(5411) 4371-2806

EDITORIAL Volver >

COMISIÓN DE REFORMA AL CÓDIGO PENAL
¿Será el comienzo de una transformación integral del sistema de administración de justicia penal o la frustración de un nuevo intento?

Citar: elDial.com - CC2EA8

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

Texto Completo

COMISIÓN DE REFORMA AL CÓDIGO PENAL
¿Será el comienzo de una transformación integral del sistema de administración de justicia penal o la frustración de un nuevo intento?


Por Carlos A. Chiara Díaz y Daniel H. Obligado

Se ha conformado una nueva comisión de juristas y políticos destinada a estudiar la legislación penal argentina y, al cabo de cierto tiempo, presentar un Proyecto de Código Penal.-

 

Ciertamente saludamos con alegría que el Poder Ejecutivo se decidiera por concretar la reforma de la ley penal, teniendo en cuenta su precedente más cercano, el Proyecto del año 2006 elaborado por una comisión que trabajó durante casi dos (2) años y estuvo integrada por los Dres. David Baigún, Carlos A. Chiara Díaz, Pedro J. Da Rocha, Gabriel Di Matteo, Raúl G. Ferreyra, Enrique García Vitor (a raíz de su fallecimiento fue reemplazo por Daniel Erbetta), Edmundo Hendler, Raúl M. Ochoa, Alejandro Tizón y Guillermo J. Yacobucci (renuncia en los últimos dos (2) meses y es reemplazado por Javier A. De Luca), actuando como Secretario Coordinador, el Dr. Fabio Mandile. La misma naufragó fundamentalmente por el hecho de haber pretendido solucionar el problema del aborto.-

 

Dicha frustración fue lamentable, ya que aquél inclusive, fue abierto a la discusión pública y académica, generando un movimiento de opinión fructífero que quizás ahora, con este actual direccionamiento de los nuevos reformadores, se lo rescate del olvido y logre al menos, el fin de constituirse en factor de análisis y discusión y de seguro, sostén del que se va presentar.-

 

La Comisión en cuestión está integrada por tres juristas destacados: Zaffaroni, Arslanian y Gil Lavedra, además de Pinedo y Barbagelata, lo cual asegura el necesario equilibrio de opiniones y la cantidad de personas posibles para lograr discusiones efectivas, ya que los grupos que se integran con muchos miembros, a la postre, resultan difíciles de gestionar y puede comprometerse el fruto de su trabajo.-

 

Sin duda que Zaffaroni es el penalista en quien todos los que nos dedicamos a las ciencias penales, de alguna u otra manera, nos referenciamos; es el mentor de una generación y su labor trasciende nuestras fronteras, de ahí surge la necesidad que integre la Comisión, pero además, la presencia de Arslanian y Gil Lavedra, quienes integraron la Cámara Federal de la Capital Federal que sustanció el Juicio a las Juntas en el año 1985 y que en las décadas siguientes ocuparon Ministerios de Justicia, en la Provincia de Buenos Aires y en la Nación, aportaran, además de sus conocimientos técnicos, su experiencia fraguada en aquellos roles. También nos parece un acierto la convocatoria a destacados dirigentes del arco político nacional, como lo son Pinedo (Pro) y Barbagelata (Socialista).-

 

Sin embargo, ya otras ocasiones nos ha permitido sugerir la convicción acerca de la conveniencia de que se encare una reforma integral del modelo penal, ya que nos parece evidente que el mismo constituye un todo, en expresión singular de la política criminal; logrando así un Código Penal Moderno, en sintonía con la Constitución Nacional, sumando los tratados internacionales e incluyendo en su texto todas las leyes especiales que hasta hoy rigen pero que están dispersas, además de recuperar la coherencia interna que perdió tras tantas reformas desde su sanción, en 1921, no alcanza si se pretende que conviva con normas procesales basadas en el Código de la República Fascista Italiana, el Código de Rocco de 1931 (Ministro de Justicia de Il Duce) que sirvió de inspiración al Código Procesal de la Provincia de Córdoba del año 1939 y más de cincuenta años (50) después, adoptado por la Nación, mediante la Ley N º 23.984.-

 

Un reciente libro de criminología, publicado por la editorial de la Universidad Nacional de Mar del Plata (Eudem), titulado, “La cuestión criminal. Una aproximación pluridisciplinar”, en el cual intervienen reconocidos autores: Roberto Bergalli, Iñaqui Rivera Beiras, Pedro Fraile, Julio Zino, Josep García Bores Espí, Joan Anton Mellon y Gabriel Bombini; y comentado de manera excelente por Agustina Cepeda, en el último número de la “Revista de Derecho Penal y Procesal Penal” que dirigen Pedro Bertolino y Patricia Ziffer (Editorial Abeledo Perrot, 2012, Nº 4), muy bien se menciona el synopticon de Zygmud Bauman, quien en 1998 precisó que la organización panoptical tenía como condición y efecto la disciplina a través de la permanente vigilancia. En cambio, el synopticom, se presentaba como el producto de la sociedad global, donde el acto de la mirada y el control había cambiado. Ya no éramos observados y vigilados, sino que todos nos habíamos transformado en observadores, modificando así el sentido del control social moderno (Cfr.: Zygmud Bauman, “The human consequences”, Polity Press, Cambridge, 1998; citado por Agustina Cepeda, en el comentario mencionado, pág. 649).-

 

Siempre nos dejó perplejo el pensar que las dictaduras que asolaron nuestro país, enseguida de asaltar el poder, modificaban el Código Penal, pero poco o nada cambiaban el código procesal. Es que mientras el modelo penal gire en torno del sospechoso en vez de hacerlo respecto del responsable, la pervivencia de un modelo inquisitivo y, en última instancia, contrario a la Constitución Nacional y los Pactos Internacionales que la conforman, estará asegurada.-

 

Si modificamos el código penal pero mantenemos incólume un proceso penal anacrónico, probablemente, no habremos cambiado casi nada.-

 

En un tiempo como el actual, siguiendo las ideas de Ilya Prigogine y Edgar Morin, signado entonces por el llamado “pensamiento complejo” y su tercer principio, el hologmático, que, coloquialmente podría expresarse como que la parte está en el todo y el todo está en la parte, no deberíamos prescindir de las partes y, en definitiva, correr el riesgo de afectar el todo.-

 

Por otro lado, es indispensable definir la participación popular en la Administración de Justicia en el sentido en que lo hizo la C.S .J.N. en el caso “Casal”, de admitir que ciudadanos entreguen los tribunales encargados de juzgar los hechos delictivos y determinar las responsabilidades penales, tal cual lo ha hecho con una larga experiencia de más de 200 juicios la provincia de Córdoba, a la cual se han agregado en los últimos tiempos la de Chubut y Neuquén.-

 

Igualmente cabe definir los alcances de la intervención de la víctima en la relación procesal penal y la posibilidad de llegar a acuerdos que tornen innecesaria la aplicación de las penas tradicionales y permitan restaurar la conflictividad generada por ciertos hechos delictivos.-

 

En otro orden, corresponde encarar, desde ya en ese proceso de reforma integral, lo atinente a la existencia de los departamentos o policías de investigaciones científicas a cargo del titular del Ministerio Público Fiscal, en cuanto a la extensión de un procedimiento de ejecución penal mediante audiencia oral y con decisiones jurisdiccionales que controlen efectivamente el cumplimiento administrativo de las penas privativas de libertad.-

 

En síntesis, postulamos que se asuma la revisión de toda la normativa penal y procesal penal, integrada en un único y coherente modelo penal, que no se quede nada más que en la modificación de la codificación sustantiva, sino que avance en lo que seguramente brindará un profundización, sin posibilidades de retroceso en la materia, adecuándose a la Constitución Nacional y a los Tratados Internacionales, en beneficio tangible de la sociedad y sus integrantes.-

 

 

Citar: elDial.com - CC2EA8

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

¿PROBASTE NUESTROS SERVICIOS?

Formá parte de elDial.com y obtené acceso a novedades jurídicas, nuevos fallos y sentencias, miles de modelos de escritos, doctrinas y legislación actualizada. Además, con tu suscripción accedes a muchos beneficios y descuentos en las mejores editoriales, libros y cursos.